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El entendimiento fue suscripto por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, la Unión de Entidades Comerciales Argentinas y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, en el marco de la negociación colectiva correspondiente a la actividad.
Según lo acordado, el incremento del 5% se aplicará sobre las escalas salariales básicas del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, tomando como base los valores vigentes a marzo de 2026, incluyendo las sumas no remunerativas existentes a esa fecha.
La suba será de carácter remunerativo y no acumulativo, y se abonará en tres tramos: un 2% a partir de abril de 2026, un 1,5% desde mayo y otro 1,5% desde junio del mismo año.
Además, las partes pactaron el pago de una suma fija no remunerativa de $20.000, que se sumará a los montos ya otorgados bajo ese mismo concepto y continuará manteniendo su carácter no remunerativo.
El acuerdo tendrá vigencia a partir del 1° de abril de 2026 y establece que los incrementos definidos no serán vinculantes para negociaciones salariales específicas en la ciudad de Río Grande, en la provincia de Tierra del Fuego, aunque sí funcionarán como piso mínimo una vez homologado el convenio.
De esta manera, el sector mercantil actualiza sus salarios en un contexto de negociación permanente entre gremios y cámaras empresarias, en busca de sostener el poder adquisitivo de los trabajadores frente a la evolución de los precios.

