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La Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictaminó hoy el rechazo de la demanda impulsada por el sector ligado a Dante Camaño contra la Junta Electoral de la UTHGRA, que cuestionaba la suspensión de las elecciones de la Seccional CABA realizadas en diciembre de 2021.
El fallo, firmado por los jueces Mario S. Fera y Roberto C. Pompa, consideró que las resoluciones impugnadas no incurrieron en ilegitimidad ni arbitrariedad. Según los magistrados, las medidas aplicadas por la Junta Electoral estaban amparadas por el estatuto gremial y por la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales.
Según la sentencia, la Junta Electoral —controlada por el sector de Barrionuevo— suspendió las elecciones porteñas tras alegar irregularidades en el traslado de urnas y “imposibilidad” para que los fiscales de la Lista Azul (vinculada a Barrionuevo) acompañaran el proceso. Esa intervención fue respaldada por informes de veedores y actas notariales, según consta en el fallo.
El tribunal también destacó que, de los 62.965 afiliados habilitados para votar en la Seccional CABA, solamente 3.812 emitieron su voto. Además, apuntó que 75 de las 258 urnas no pudieron ser trasladadas, y 58 no recibieron votos por “impedimentos en la constitución de las mesas”.
Este pronunciamiento pone fin a un largo litigio que atravesó instancias judiciales, incluida una intervención de la Corte Suprema, que había ordenado a la Cámara pronunciarse sobre la legalidad del accionar de la Junta Electoral.
En el ámbito gremial, el conflicto alcanzó visibilidad nacional. La CGT respaldó públicamente a Barrionuevo y cuestionó la intervención judicial, denunciando que “la suspensión preventiva de derechos democráticos” había sido motivada por “presentaciones amañadas”.
Con esta resolución definitiva, se consolida el control del oficialismo de Barrionuevo sobre la estructura electoral de la UTHGRA, y queda descartada la pretensión del sector camañista de impugnar las resoluciones que suspendieron los comicios de 2021.

