14/04/2020

Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro

La línea B fuera de servicio ante la sospecha de un caso de coronavirus

La Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro (AGTSyP) informó que la línea B no iniciará el servicio este martes 14 de abril debido a la aplicación del protocolo de actuación ante un caso sospechado de Covid 19.

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Foto: 
Télam

El protocolo de actuación frete a casos sospechosos o confirmados de coronavirus tiene como objetivo establecer acciones y roles en el personal del Metrovías S.A. y se activó tras la internación  de un trabajador del sector de tráfico desde el sábado a la noche, a quien se le realizó un hisopado y se espera conocer en breve los resultados.

El protocolo dispone que son casos probables aquellas personas que presenten un cuadro febril asociado a cuadro clínicos de infección respiratoria aguda, dolor de garganta, malestar general, cefaleas, o dolores musculares o articulares.

Los casos confirmados, por su parte son aquellos casos probables en los que un informe de laboratorio confirme la infección por Covid-19.

Luego dispone que:

1 – Medidas a adoptar ante un caso probable, informado por teléfono u otro medio, sin presencia del trabajador en la empresa:

● Un profesional del Servicio Médico se comunicará con el empleado para evaluar su estado, indagando sobre su sintomatología. Se aplicará un cuestionario, indagando además si el trabajador concurrió a instalaciones de la empresa, el tiempo transcurrido y los trabajadores con los que estuvo en contacto.

● En caso de que a criterio médico se trate de un caso probable, se otorgará licencia al trabajador indicándole aislamiento domiciliario por 14 días, extensivo a su grupo conviviente y a sus contactos estrechos.

● Se dará intervención a la cobertura médica del trabajador -obra social o prepaga-. El trabajador deberá seguir las instrucciones de sus profesionales.

● Se informará al sector de trabajo, consultando a sus responsables si el trabajador concurrió recientemente y si hubo contacto con otros trabajadores.

● En caso de haber concurrido recientemente a instalaciones de la empresa se aplicarán las previsiones del punto II.

● El trabajador se reintegrará a sus tareas una vez concluido el período de aislamiento domiciliario, siempre y cuando no se trate de un caso confirmado y su grupo conviviente no manifieste síntomas de infección por COVID-19.

2 – Medidas a adoptar ante una persona que presente síntomas compatibles con enfermedad por covid-19 en instalaciones de la empresa:

● Se procederá a aislar inmediatamente al empleado del resto de las personas que se encuentren en el mismo ambiente.

● Se proveerá al trabajador sospechado de un barbijo, indicándole que debe utilizarlo en todo momento.

● El personal que lo asista deberá contar con barbijo y guantes, y guardará una distancia mínima de un metro en relación a la persona presuntamente infectada.

● Se suspenderán todas las actividades del sector y se impedirá el acceso de cualquier persona al lugar.

● Se informará de inmediato a la Línea Coronavirus del Servicio Médico, que mediante el cuestionario correspondiente evaluará el caso. De confirmarse que se trata de un caso probable, el Servicio Médico se comunicará al número 107, informando el cuadro que presenta el paciente.

● Se inhabilitarán inmediatamente las instalaciones y se procederá a la limpieza profunda y desinfección del lugar, particularmente del entorno de trabajo del trabajador y de los elementos utilizados por éste.

● Las personas que hayan tenido contacto con el trabajador serán evaluadas y se las derivará para su aislamiento domiciliario, efectuando su seguimiento posterior.

● Los equipos de RRHH y Asistencia Social de la Empresa se encargarán de la asistencia y contención del trabajador y su grupo familiar.

● El trabajador podrá volver a sus tareas una vez otorgada el alta médica y luego de un período de aislamiento domiciliario posterior al alta, de 14 días de duración.

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