14/04/2020

El Corionavirus fue declarada enfermedad de carácter profesional

Las ART deberán cubrir el tratamiento de coronavirus

El gobierno nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 367/2020 que dispone que la enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SARS-CoV-2 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional.

alberto_f.jpg

Foto: 
Twitter Alberto Fernández

El presidente, Alberto Fernández, dictaminó a través de un DNU que  el coronavirus se considerará  presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada- , respecto de las y los trabajadores dependientes excluidos mediante dispensa legal y con el fin de realizar actividades declaradas esenciales, del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio mientras se encuentre vigente la medida de aislamiento.

En su Artículo 2 el decreto establece que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo no podrán rechazar la cobertura de las contingencias y deberán adoptar los recaudos necesarios para que, al tomar conocimiento de la denuncia del infortunio laboral acompañada del correspondiente diagnóstico confirmado emitido por entidad debidamente autorizada, la trabajadora o el trabajador damnificado reciba, en forma inmediata, las prestaciones previstas

El decreto señala que la cobertura deberá extenderse hasta sesenta días después de finalizado el plazo de aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por los Decretos Nros. 297/20, 325/20 y 355/20, el financiamiento de las prestaciones otorgadas para la cobertura de las contingencias previstas en el artículo 1º del presente decreto será imputado en un ciento por ciento (100%) al fondo fiduciario de enfermedades profesionales.

DNU

Cafecito