25/03/2024

A consideración de los trabajadores de televisión

El SATSAID alcanzó un principio de acuerdo las cámaras del sector que será debatido en asambleas

Tras una difícil y extensa negociación, el SATSAID alcanzó este viernes un principio de entendimiento con las cámaras empresarias ATA y CAPIT en la paritaria de las y los trabajadores de canales abiertos, productoras y señales. 

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Redes Sociales

En una nueva audiencia celebrada ante autoridades de la Secretaría de Trabajo de la Nación, las empresas realizaron un ofrecimiento del 40% de incremento para el mes de febrero sobre todos los conceptos remunerativos y no remunerativos vigentes a septiembre 2023, que no tendrá carácter de remunerativo durante dos meses. Adicionalmente, las empresas abonarán una suma fija no remunerativa y por única vez equivalente al 25% del incremento salarial, que podrá liquidarse en efectivo u órdenes de supermercado y deberá abonarse dentro de los diez días hábiles de la firma del acuerdo. 

En el caso de las empresas Canal 3 de Rosario, Canal 6 de Bariloche, Canal 7 de Jujuy, Canal 7 de Neuquén, Canal 8 de Tucumán, Canal 8 de Mar del Plata, Canal 9 de Comodoro Rivadavia, Canal 9 de Paraná, Canal 9 de Mendoza, Canal 9 de Bahía Blanca, Canal 10 de Mar del Plata, Canal 11 de Salta, Canal 13 de Corrientes, Canal 13 de Río Cuarto, y las pequeñas productoras que así lo convengan con la representación sindical, el incremento salarial establecido se abonará de la siguiente manera: 

- 20% de incremento para febrero, sobre todos los conceptos remunerativos y no remunerativos vigentes a septiembre 2023, abonándose en la misma fecha y condiciones que el resto de la actividad. 
- 20% de incremento en marzo, sobre todos los conceptos remunerativos y no remunerativos vigentes a septiembre 2023, a abonarse el 15 de abril. 

La suma fija no remunerativa a abonarse por única vez y equivalente al 25% del incremento se abonará en dos etapas. La primera se realizará dentro de los diez días hábiles de abonado el primer 20% y, la segunda, junto con el pago del segundo 20%. El valor podrá abonarse en efectivo u órdenes de supermercado. En el mismo sentido, y asumiendo un enorme esfuerzo, el SATSAID efectuará una dispensa, no realizando la retención del Art. 215. 

Este principio de entendimiento será puesto a consideración de las y los trabajadores de la actividad en asambleas en todo el país. 

En caso de resultar aprobado el presente principio de entendimiento alcanzado, ambas partes volverán a reunirse el 15 de abril para continuar la negociación paritaria del sector.

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